La certificación de hechos es un medio de prueba que normalmente se utiliza para demostrar lo que sucedió en un tiempo determinado, en un día determinado y en un lugar determinado.

La certificación de hechos es a solicitud de parte. El solicitante tiene que acudir a hacer la petición con un Notario; el Notario  acompañarlo al sitio donde se dará fe de lo que está sucediendo y plasmar en papel lo que con sus sentidos perciba, así como lo que manifiesten los presentes, y todo el tiempo acompañado del solicitante.

¿Cuáles son los requisitos para llevarlo a cabo? 

Dependerá del tipo de hechos a certificar, hay veces que se requiere de la participación de algún perito especialista en materia determinada.

El Notario deberá pedir cuanta documentación o declaración sea pertinente para soportar más clara y evidentemente la actuación, normalmente se apoya con el uso de tecnologías como cámaras fotográficas, cámaras de video, grabadoras o instrumentos de geolocalización según sea el caso. 

¿Cuánto tiempo tarda? 

La duración de una certificación de hechos no tiene una duración en específico, cada caso en lo particular conforme a las necesidades del solicitante o lo que vaya sucediendo durante la actuación es muy variable.

 

Si te encuentras en la necesidad de realizar una Certificación de Hechos acércate con tu Notario Público de confianza; él te ayudará con el proceso.